En la Comunidad Valenciana, puedes desgravarte en la renta hasta un 30% de los gastos asociados a la práctica deportiva y actividades saludables, con un límite de 150 euros por contribuyente. Esto incluye:
Cuotas de gimnasio: Se pueden desgravar las cuotas de gimnasios, centros deportivos, polideportivos, clubes deportivos y otras entidades que presten servicios deportivos.
Entrenadores personales: Puedes desgravar los gastos de entrenadores personales, siempre que estén titulados y colegiados.
Federaciones deportivas: Puedes desgravar la cuota de federación de cualquier deporte, tanto para ti como para tus hijos menores de edad.
Material deportivo: Puedes desgravar la compra de material deportivo, como ropa, calzado, bicicletas, etc., siempre que esté relacionado con la práctica de un deporte federado.
Otros gastos: También puedes desgravar otros gastos relacionados con la práctica deportiva, como fisioterapia, nutrición, etc.
Requisitos para desgravarse los gastos de gimnasio:
- Ser contribuyente del IRPF en la Comunidad Valenciana.
- Tener un límite de renta individual inferior a 33.000 euros o conjunta inferior a 48.000 euros.
- Conservar las facturas o tickets de los gastos que se quieren desgravar.
Cómo desgravarse los gastos de gimnasio:
- Los gastos de gimnasio se deducen en la casilla 180 de la declaración de la renta.
- Es necesario presentar la factura o ticket del gasto, junto con el justificante del pago.
- Si el gasto se ha realizado a través de una tarjeta de crédito, se puede presentar el extracto de la tarjeta como justificante