Sí, los 20 meses de servicio militar voluntario que hiciste en España en 1981 te pueden valer para la jubilación.
¿Cómo?
- Cotización a la Seguridad Social: Tu tiempo en el servicio militar voluntario se considera cotización a la Seguridad Social, lo que significa que aumenta el número de años cotizados para el cálculo de tu pensión de jubilación.
- Cómputo a efectos de jubilación:
- Jubilación ordinaria: Los 20 meses de mili se computan como tiempo cotizado para la jubilación ordinaria, siempre que hayas cotizado un mínimo de 15 años.
- Jubilación anticipada:
- Por causa mayor: Los 20 meses de mili sí se computan para la jubilación anticipada por causa mayor (incapacidad permanente absoluta o gran invalidez).
- Por voluntad propia: Los 20 meses de mili no se computan para la jubilación anticipada voluntaria.
¿Qué debes hacer?
- Solicitar la inclusión del tiempo de mili: Para que tu tiempo en el servicio militar voluntario se tenga en cuenta para la jubilación, debes solicitar su inclusión en la Seguridad Social. Puedes hacerlo:
- Telemáticamente: A través del portal web de la Seguridad Social (https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10963/28393/28398/28404)
- Presencialmente: En cualquier oficina de la Seguridad Social.
- Documentar tu servicio: Deberás aportar la siguiente documentación:
- Solicitud de inclusión del tiempo de mili.
- Copia del Certificado de Contrato de Enganche.
- Copia de la Hoja de Licenciamiento.
Recomendaciones:
- Solicita la inclusión del tiempo de mili lo antes posible para que se tenga en cuenta en el cálculo de tu pensión de jubilación.
- Consulta con la Seguridad Social si tienes alguna duda sobre el proceso o la documentación necesaria.